Sociedad Ecuatoriana de Cirugía Plástica, Reconstructiva y Estética - CAPITULO PICHINCHA

Código de Ética Médica

Código de Ética Médica

Sociedad Ecuatoriana de Cirugía Plástica, Reconstructiva y Estética – CP

El Código de Ética Médica constituye el marco normativo fundamental que regula el ejercicio profesional del médico en Ecuador. Su finalidad principal es garantizar una práctica médica responsable, humana, científica y ética, protegiendo de manera prioritaria la vida, la dignidad, la salud y los derechos de los pacientes, así como el prestigio y la integridad de la profesión médica.

Deberes generales del médico

El médico tiene la obligación de cumplir la Constitución, las leyes, los reglamentos y el propio Código de Ética, actuando siempre con responsabilidad social. Debe colaborar con las autoridades sanitarias, especialmente en situaciones de emergencia, epidemias o desastres, y contribuir activamente a la promoción, prevención y recuperación de la salud de la población.

Deberes y derechos frente al paciente

La relación médico–paciente se basa en el respeto, la confidencialidad, la prudencia y el consentimiento informado. El médico debe brindar atención diligente, continua y oportuna, explicar con claridad los diagnósticos, tratamientos, riesgos y beneficios, y anteponer siempre el bienestar del paciente a cualquier interés personal, económico o institucional. Está prohibido realizar procedimientos innecesarios, riesgosos o sin justificación médica.

Secreto profesional

El secreto profesional es un pilar esencial de la ética médica. Toda información obtenida en el ejercicio de la profesión debe mantenerse en estricta confidencialidad, incluso después del fallecimiento del paciente, salvo en los casos expresamente previstos por la ley. La protección de la intimidad del paciente es una obligación ética y legal ineludible.

Confraternidad médica y trabajo en equipo

El Código promueve una relación de respeto, solidaridad y colaboración entre colegas. Se prohíbe desacreditar a otros profesionales, realizar competencia desleal o apropiarse indebidamente de pacientes. En casos complejos, el médico debe fomentar el trabajo interdisciplinario y la conformación de juntas médicas, priorizando siempre el beneficio del paciente.

Honorarios, publicidad y ejercicio profesional

Los honorarios médicos deben ser justos, transparentes y acordes a la complejidad del acto médico, evitando el lucro indebido. La publicidad profesional está permitida únicamente de forma ética, informativa y veraz, sin promesas engañosas, ofertas comerciales, financiamientos o procedimientos “exclusivos” que puedan inducir a error o poner en riesgo la salud del paciente.

Investigación, docencia y actualización profesional

El médico tiene el deber de actualizar permanentemente sus conocimientos, participar en actividades científicas y contribuir al desarrollo de la investigación médica, siempre respetando los principios éticos, el consentimiento informado y la seguridad de los pacientes. La experimentación en seres humanos solo es permitida bajo estrictas normas científicas, legales y éticas.

Límites éticos de la práctica médica

El Código establece prohibiciones claras frente a prácticas contrarias a la ética médica, como la eutanasia activa, el comercio de órganos, la tortura, la manipulación genética indebida y cualquier forma de trato inhumano o degradante. El médico debe preservar la vida, aliviar el sufrimiento y actuar con humanidad incluso en situaciones terminales.

Código de Ética Médica

Consulta el documento oficial que establece los principios éticos, deberes y responsabilidades que rigen el ejercicio profesional de la medicina en el Ecuador. Descarga el Código de Ética Médica completo y conoce las normas que garantizan una práctica responsable, humana y segura.